El Consejo de Estado, en la decisión de la Liga de Quinta, ordenó una suspensión preliminar del nombramiento 0639 de 2025, donde el presidente Gustavo Petro pidió una consulta nacional antes del 7 de agosto. La medida de precaución no resuelve de manera segura la legalidad de la ley, pero evita que se implemente al investigar si el gobierno no conocía el requisito constitucional de tener una idea favorable de la senada. Los demandantes, dirigidos por el Senado Iván Cepeda, argumentaron que el decreto presidencial violó el sistema de justicia al ignorar la decisión del MP en el Senado, que había emitido un concepto desfavorable de 49 votos contra 49.
El gobierno defendió su postura al afirmar que el Senado ha establecido irregularidades durante la votación, lo que justificaría la decisión de su decisión con «gobernanza». Sin embargo, el Consejo de Estado advirtió que al aplicar esta excepción, la contradicción entre la ley y la Constitución debe ser «obvio y totalmente incompatible», algo que, preliminar, no fue probado. El tribunal indicó que el decreto presidencial se basó en una evaluación subjetiva de presuntos errores en el proceso legislativo, sin que estén en el tribunal. Esto, según la sala, puede ignorar la separación del poder.
La decisión representa choques para el gobierno que busca presentar 12 preguntas sobre la reforma laboral y otros asuntos de «tiempos nacionales». Cuando se detiene la suspensión del fallo no solo ralentiza la campaña y la preparación del transporte de la consulta, sino que también envía un mensaje claro: el Secretario no puede pasar por alto los requisitos legales establecidos para estos métodos de participación. El compartimento enfatizó que el artículo 104 la Constitución requiere específicamente el concepto favorable del Senado, una demanda que en este caso no se satisfaga.
Ahora el Consejo de Estado debe resolverse, en el tribunal posterior, si el nombramiento de Petro se emitió de acuerdo con la ley o si, por el contrario, debe invalinarse por violaciones del procedimiento confirmado. Al mismo tiempo, la medida de precaución evita que los recursos públicos se asignen a una consulta donde se cuestiona la legitimidad.
Esta decisión fortalece el papel del Consejo de Estado como garante en un equilibrio entre la rama de la autoridad pública. Cuando se detiene en el nombramiento, el tribunal enfatiza que ni siquiera el presidente puede revisar la supervisión institucional, especialmente cuando se trata de participar en ciudadanos.
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