¿Puedes perder tus vacaciones porque no las llevas a tiempo? Esto dice legislación actual
abril 25, 2025
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En Colombia, es muy común que muchos trabajadores acumulen días de vacaciones a lo largo del tiempo. Las empresas suelen tener políticas específicas al respecto, pero cada solicitud
En Colombia, es muy común que muchos trabajadores acumulen días de vacaciones a lo largo del tiempo. Las empresas suelen tener políticas específicas al respecto, pero cada solicitud de los empleados se analiza de manera individual, ya que cada caso puede variar significativamente. Sin embargo, es importante que los empleados tengan presente que existe el riesgo de perder las vacaciones acumuladas.
La legislación colombiana es clara en este aspecto y establece que «el descanso es un derecho innegociable y constituye un aspecto fundamental que no solo está estipulado legalmente, sino que también se relaciona con el derecho constitucional de los trabajadores. Las vacaciones solo pueden ser convertidas en una compensación económica si el empleado lo solicita, teniendo en cuenta que el legislador considera fundamental el disfrute del tiempo de descanso».
Los trabajadores en Colombia tienen derecho a un total de 15 días de vacaciones al año. Foto:Izock
Es crucial que los trabajadores recuerden que tienen un derecho garantizado a 15 días de vacaciones al año.
En este sentido, el Ministerio de Trabajo ha determinado que los empleadores deben otorgar a los trabajadores al menos seis días continutos de vacaciones, según lo estipulado en el Artículo 190 de la Ley Laboral. Esto se refiere al derecho de los trabajadores a disfrutar de un tiempo de descanso efectivo y renovador.
De acuerdo con la legislación actual, ofrecer menos de seis días consecutivos de vacaciones, sin un período mínimo específico como lo establece la normativa, implicaría no cumplir con el propósito de que los trabajadores se recuperen del esfuerzo y la energía invertidos en sus labores. Por lo tanto, no sería aceptable que un trabajador solo tuviera un día de vacaciones.
Las vacaciones son un derecho constitucional fundamental que deben ser respetados. Foto:Izock
Si un trabajador necesita un día de permiso, la ley permite que el empleador apruebe dicha licencia a su discreción, dependiendo de los acuerdos establecidos en el contrato o según lo que se estipule en las regulaciones laborales internas, a menos que exista un convenio colectivo que exija su compensación.
El Ministerio de Trabajo establece que los empleadores no pueden negarse a conceder a los trabajadores permisos relacionados con sus vacaciones, pues ello no solo infringe la normativa laboral, sino que también padece de permisos otorgados.
¿Es posible perder los días de vacaciones acumuladas?
Aunque el Artículo 190 de la legislación laboral establece que los días de descanso pueden ser acumulados, esta acumulación no es indefinida y está sujeta a limitaciones temporales. Si la acumulación no es respetada, los días de vacaciones pueden perderse. Esto indica que existe un límite temporal para disfrutar de esas vacaciones acumuladas.
Actualmente, los trabajadores pueden acumular días de descanso hasta un máximo de dos períodos anuales consecutivos. Es decir, deben disfrutar de las vacaciones acumuladas dentro de un plazo no mayor a dos años a partir de su fecha de adquisición.
Este punto ha sido respaldado por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), a partir de la Ley 1045 de 1978, que establece que si no se utilizan las vacaciones acumuladas dentro del período estipulado, éstas pueden prescribir, es decir, perderán su validez, lo cual significa que los trabajadores perderían su derecho a disfrutar de ellas.
Por lo tanto, es fundamental que los trabajadores en Colombia estén atentos a sus derechos laborales, y no dejen pasar la oportunidad de disfrutar de sus días de descanso. Mantenerse informado es esencial para asegurar que se respeten sus derechos.