La sentencia del Tribunal Supremo estableció que un empleado no puede ser despedido si le faltan tres años o menos para jubilarse
– Tinta clara
enero 16, 2026
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La pensión de vejez es una beneficio económico que se otorga a las personas que han alcanzado la edad de jubilación y que han cotizado al sistema de
La pensión de vejez es una beneficio económico que se otorga a las personas que han alcanzado la edad de jubilación y que han cotizado al sistema de seguridad social durante un período de tiempo determinado.
Según la ley colombiana, la edad mínima requerida para acceder a este ingreso mensual es de 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres, lo que requiere 1.300 semanas en el régimen de Colpensiones.
La edad de jubilación para las mujeres es 57 años. foto:iStock
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Sin embargo, en diciembre de 2025, la Corte Constitucional ordenó una reducción gradual de los aportes de las mujeres a partir de 2026. Según Jaime Dussán Calderón, presidente de Colpensiones,Este cambio comienza en 1250 semanas y disminuirá cada año en 50 semanas hasta llegar a 1000.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia, en su decisión SL 2600 de 2025, precisó que Los empleadores privados no pueden despedir a trabajadores a quienes les faltan tres años o menos para la edad de jubilación sin una causa justificada.incluso si ya han cumplido el tiempo requerido.
Las empresas no pueden despedir empleados sin causa justificada. foto:iStock
El Tribunal Laboral también indicó que el objetivo de esta sentencia es garantizar al trabajador y a su núcleo familiar «fuentes normales de existencia durante el período necesario para el seguro de pensiones».
Según el Alto Tribunal, esta medida evita que el sujeto de especial protección caiga en un estado de necesidad y vulnerabilidad estructural por pérdida de empleo.
Sin embargo, la sentencia advierte al respecto «Una mayor estabilidad laboral no significa permanencia automática o ilimitada en el puesto».
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La Corte Suprema de Justicia se centró en la vulnerabilidad de los trabajadores
El Tribunal Superior también consideró relevante abolir el criterio del Tribunal Constitucional que sugería que la edad de jubilación puede alcanzarse con o sin empleo.
Los despidos deben estar justificados. foto:iStock
En este sentido, la Corte Suprema de Justicia consideró que este enfoque es discriminatorio hacia los trabajadores y concluyó que El despido en esta etapa crea una «vulnerabilidad estructural».
La Cámara del Trabajo reconoció que esta acción impacta negativamente en el proyecto de vida de los colombianos, porque es casi imposible que una persona mayor se reinserte al mercado laboral.