Juez niega amparo planteado por un concejal que buscaba frenar el histórico presupuesto de la ciudad valorado en $4.550 millones para 2026
– Tinta clara
enero 23, 2026
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En una decisión que despeja el camino financiero para 2026 en el Distrito de Cartagenael Juzgado Décimo Penal Municipal de la ciudad desestimó una acción de protección interpuesta
En una decisión que despeja el camino financiero para 2026 en el Distrito de Cartagenael Juzgado Décimo Penal Municipal de la ciudad desestimó una acción de protección interpuesta por el alcalde de la Localidad 2 (Virgen y Turística), Juan Carlos Molina Ramos.
El fallo ratifica la legalidad en la gestión de los recursos locales y protege la ejecución del presupuesto histórico de la ciudad para el año en curso, valorado en 4.550 millones de dólares.
La polémica, que amenazaba con paralizar los cálculos presupuestarios del Distrito, enfrentó la visión de los concejales sobre la autonomía de las Juntas Administradoras Locales (JAL) contra la estrategia de inversión centralizada de la Alcaldía.
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El concejal Molina, en funciones también como presidente de ASOJAL, alegó que el Distrito estaba «simulando» el cumplimiento de la Ley 1617 de 2013, que exige que el 10% de la Los ingresos actuales de la ciudad se asignan a los Fondos de Desarrollo Local (FDL).
Según el demandante, La Alcaldía ha decidido obras de forma unilateral, excluir a los concejales del control político y de la selección de proyectos para 2026.
Molina quería que el juez ordenara la suspensión de los cálculos presupuestarios y ajustara el presupuesto de 2026, argumentando que se estaba vulnerando su derecho a la participación política.
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La Asesoría Jurídica, a cargo de Milton José Pereira, respondió contundentemente. El argumento central fue el cumplimiento del principio de subsidiariedad: la tutela no es el mecanismo para debatir la legalidad de un presupuesto; Para ello existen tribunales administrativos.
Pereira destacó que el presupuesto de 2026 no sólo es legal, sino ambicioso. «El 78% del presupuesto, unos $3.550 millones, son recursos de inversión pública. Esa es una cifra histórica en Cartagena», afirmó el jefe jurídico.
Además, el Distrito demostró que sí respondió de manera sustantiva a los pedidos de información del alcalde en diciembre de 2025, que desmanteló el cargo de violación al derecho de petición.
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El Juez Décimo Penal Municipal basó su negativa en dos pilares legales:
1. Falta de objeto actual: Respecto del derecho de petición, el juez determinó que el El Distrito ya había notificado las respuestas al alcalde antes del fallo. Legalmente esto se conoce como «superación».
2. Inadmisibilidad por la vía ordinaria: El despacho judicial fue claro al señalar que intentar Suspender el presupuesto de una ciudad mediante una tutela no es apropiado. El alcalde no demostró «un daño irremediable» y, por tanto, deberá acudir a la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo si desea exigir la legalidad de los decretos presupuestarios.
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El Concejo de Cartagena, vinculado al proceso, también se opuso a los reclamos de Molina. La corporación argumentó que no hubo violación o amenaza a derechos fundamentales y que la protección perdió su fundamento al no existir una omisión por parte del Estado.
Con este fallo, la administración de Dumek Turbay asegura la estabilidad de sus planes de inversión para 2026, mientras los concejales de la Localidad 2 pierden la primera vuelta en su intento de recuperar la gestión directa de los recursos locales por la vía constitucional.