Estos son los plazos y obligaciones que se deben respetar
– Tinta clara
enero 21, 2026
0
De 1 de enero de 2026Colombia está aplicando una serie de modificaciones tributarias impulsadas por el gobierno nacional y la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), en
De 1 de enero de 2026Colombia está aplicando una serie de modificaciones tributarias impulsadas por el gobierno nacional y la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), en respuesta al déficit fiscal y la emergencia económica declarada a finales de 2025.
Medidas que incluyen Nuevos gravámenes y aumentos de los impuestos existentes.buscan fortalecer el cargo para financiar el presupuesto general de la nación, especialmente rubros como salud, educación y servicios públicos.
A partir del 1 de enero, entran en vigor nuevos impuestos y ajustes tributarios para abordar el déficit fiscal. foto:iStock
LEER TAMBIÉN
Entre los cambios más relevantes está ampliar el universo de contribuyentes a la riqueza. A partir de este año, la base imponible mínima baja de 72.000 unidades tributarias (UVT) a 40.000 UVT, equivalentes a cerca de 2.000 millones de pesos. Este cambio afecta tanto a personas físicas como jurídicas con un alto nivel patrimonial y aumenta significativamente el número de quienes están obligados a declarar y pagar este impuesto.
También se presentan Importantes ajustes a los impuestos al consumo, especialmente en productos relacionados con la salud pública.. Las bebidas alcohólicas como vinos, bebidas espirituosas y licores, que antes tenían un tipo reducido del 5%, ahora están gravadas con un tipo general del 19% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Asimismo, el impuesto a los cigarrillos está experimentando un importante aumento, pasando de unos 4.000 dólares por cajetilla a más de 10.000 dólares por unidad, según datos difundidos por el sector.
Las bebidas alcohólicas y el tabaco pagarán ahora el 19% de IVA y un mayor cargo por consumo en 2026. foto:iStock
LEER TAMBIÉN
Nuevos impuestos al consumo y cambios sectoriales
Además del alcohol y el tabaco, En 2026 entran en vigor impuestos bimestrales al consumo, ampliando el alcance de la política fiscal. Estos incluyen un impuesto a los productos de plástico de un solo uso y gravámenes a las bebidas y alimentos ultraprocesados con alto contenido de azúcar, sodio o grasas saturadas. Estas medidas significan que ciertos productos procesados, distintos de los tradicionalmente asociados con riesgos para la salud, enfrentan una carga fiscal más alta.
El sector financiero también se enfrenta a un aumento de la carga fiscal. Se incrementa el impuesto a las ganancias de las entidades bancarias, lo que eleva la tributación total del sector a cerca del 50%, que es una de las más altas de la región. Este ajuste, destinado a captar más recursos de entidades con un alto nivel de rentabilidad, ha provocado advertencias entre los analistas por posibles efectos indirectos sobre el coste del crédito para empresas y hogares.
Los nuevos impuestos al consumidor incluyen los plásticos de un solo uso y los alimentos ultraprocesados. foto:iStock
Paralelamente, la Dian publicó el calendario tributario para 2026, que define los plazos de presentación y pago de obligaciones como renta, IVA, retención en origen e impuesto al carbono, entre otras. Si bien algunos de estos impuestos no son «nuevos», el cronograma pretende facilitar el cumplimiento y reducir errores en las fechas de pago tanto para personas físicas como para entidades.
A continuación se muestran algunos de los principales. impuestos junto con sus condiciones de solicitud y pago.
Impuesto sobre las ventas – IVA
Los grandes contribuyentes, así como las personas jurídicas y naturales responsables del impuesto sobre las ventas – IVA que registró ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT al 31 de diciembre del año gravable 2025, que corresponden a USD 4.581.508.000deberán presentar y pagar este impuesto dos veces al mes, según el último dígito del NIT. La misma obligación se aplica a los productores y exportadores de bienes y servicios exentos, así como a los contribuyentes del IVA por la prestación de servicios telefónicos.
Los plazos de dos meses establecidos son los siguientes:
Enero – febrero: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de marzo. Hasta 2026, del 10 al 24 de marzo.
Marzo – Abril: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de mayo. Para el año 2026, del 12 al 26 de mayo.
Mayoo – junio: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de julio. Para el año 2026, del 9 al 23 de julio.
Julio – Agosto: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de septiembre. Para el año 2026, del 9 al 22 de septiembre.
Septiembre – Octubre: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de noviembre. Para el año 2026, del 11 al 25 de noviembre.
Noviembre – diciembre: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de enero. Para el año 2027, del 13 al 26 de enero.
En el caso de prestadores de servicios del extranjero, la declaración y pago del IVA deberá realizarse dos veces al mes, sin tomar en cuenta el último dígito del NIT, dentro de los siguientes plazos:
Enero – febrero: hasta el décimo día hábil del mes de marzo; es decir, en 2025 hasta el 13 de marzo.
Marzo – Abril: hasta el décimo día hábil del mes de mayo; es decir, en 2025 hasta el 15 de mayo.
Mayoo – junio: hasta el décimo día hábil del mes de julio; es decir, en 2025 hasta el 14 de julio.
Julio – Agosto: hasta el décimo día hábil del mes de septiembre; es decir, en 2025 hasta el 14 de septiembre de 2025.
Septiembre – Octubre: hasta el décimo día hábil del mes de noviembre; es decir, hasta el 17.11.2025.
Noviembre – diciembre: hasta el décimo día hábil del mes de enero de 2025; es decir, hasta el 18.01.2026.
Para las personas jurídicas y naturales responsables del IVA cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre de 2025 sean inferiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000), la obligación será trimestral, también según la última cifra del NIT. Los plazos definidos son:
Enero – Abril: entre el séptimo y decimosexto día hábil del mes de mayo; es decir, entre el 12 y el 26 de mayo de 2026.
Mayoo – Agosto: entre el séptimo y decimosexto día hábil del mes de septiembre; es decir, entre el 9 y el 22 de septiembre de 2026.
Septiembre – diciembre: entre el séptimo y decimosexto día hábil del mes de enero; es decir, entre el 13 y el 26 de enero de 2027.
Impuesto nacional al consumo
Los sujetos pasivos del Impuesto Nacional al Consumo, del Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas de Plástico y del Impuesto Nacional al Consumo de Cannabis deberán presentar una declaración y realizar el pago bimestralmente, según el último NIT. La fecha de vencimiento es:
Enero – febrero: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de marzo. Hasta 2026, del 10 al 24 de marzo.
Marzo – Abril: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de mayo. Para el año 2026, del 12 al 26 de mayo.
Mayoo – junio: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de julio. Para el año 2026, del 9 al 23 de julio.
Julio – Agosto: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de septiembre. Para el año 2026, del 9 al 22 de septiembre.
Septiembre – Octubre: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de noviembre. Para el año 2026, del 11 al 25 de noviembre.
Noviembre – diciembre: del séptimo al decimosexto día hábil del mes de enero. Para el año 2027, del 13 al 26 de enero.
Impuesto Nacional a los Gasolina y ACPM
Para el Impuesto Nacional a los Gasolina y ACPM, la Dian estableció una periodicidad mensual. Los contribuyentes deberán presentar y pagar hasta el décimo día hábil de cada mes, independientemente del número de NIT. Las fechas previstas son:
Enero: hasta el 13.02.2026.
Febrero: hasta el 13.03.2026.
Marzo: hasta el 16.04.2026.
Abril: hasta el 15.05.2026.
Puede: hasta el 16.06.2026.
Junio: hasta el 14.07.2026.
Julio: hasta el 18.08.2026.
Agosto: hasta el 14.09.2026.
Septiembre: hasta el 15.10.2026.
Octubre: hasta el 17.11.2026.
Noviembre: hasta el 15.12.2026.
Diciembre: hasta el 18.01.2027.
La Dian fijó un calendario para 2026 con plazos claros para el IVA, la renta y otros impuestos. foto:iStock
Además del endurecimiento del marco fiscal, el Gobierno acompañó estas medidas con desgravaciones y exenciones fiscales. Eso incluye reducir las multas y los intereses para los contribuyentes que se pongan al día.lo que ya ha permitido recaudar cientos de millones de pesos durante las primeras semanas de 2026.
Con este panorama, el año 2026 se presenta como un período de mayor responsabilidad fiscal para los colombianos, marcado por el ajuste de los impuestos tradicionales y la implementación de nuevos impuestos. El conocimiento de las modificaciones y el cumplimiento de los plazos establecidos será determinante para evitar sanciones y acceder a beneficios inmediatos.
Para ampliar esta información o consultar detalladamente todos los plazos y fechas, los contribuyentes pueden ingresar sitio web oficial de Dian o accede al siguiente enlace.
Cartera
Más noticias en EL TIEMPO
*Este contenido fue transcrito con ayuda de inteligencia artificial, con base en información de Portfolio, y fue revisado por un periodista y un editor.