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- diciembre 12, 2025
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Desde la entrada en vigor del ley 2486 de 2025Se ha generado un importante debate en torno a la forma en que Colombia está integrando la movilidad eléctrica
Desde la entrada en vigor del ley 2486 de 2025Se ha generado un importante debate en torno a la forma en que Colombia está integrando la movilidad eléctrica




Desde la entrada en vigor del ley 2486 de 2025Se ha generado un importante debate en torno a la forma en que Colombia está integrando la movilidad eléctrica baja en emisiones a su vida diaria.
Si bien la nueva legislación busca incentivar el uso de estos medios de transporte en las principales ciudades como Bogotá, Medellín y Cali, simultáneamente establece un marco más estricto de responsabilidades y sanciones para sus usuarios.
Él Ministerio de Transporte ha insistido en que el principal objetivo es Lograr un equilibrio entre el fomento de la movilidad sostenible y el respeto de las normas de seguridad vial..
El Ministerio de Transportes ha insistido en que el principal objetivo es lograr el equilibrio. Foto:Alcaldía de Medellín
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Una de las disposiciones más llamativas de la Ley 2486 es la exención de portar licencia de conducir y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para determinados vehículos ligeros.
Sin embargo, este beneficio aplica exclusivamente para aquellos dispositivos que cumplan con criterios técnicos específicos para diferenciarlos de los vehículos de motor de mayor cilindrada.
Para ser considerados en esta categoría (que incluye patinetas y ciclomotores), vehículos debe cumplir tres condiciones de contorno:
La ley regula el uso de vehículos ligeros de movilidad eléctrica. Foto:Mauricio Moreno/EL TIEMPO
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A pesar de la eliminación de la licencia y requisito SOAT para vehículos que cumplan con los parámetros técnicos, la Ley 2486 es enfática en que sus usuarios permanecer plenamente sujetos a las normas del Código Nacional de Tráfico.
Esto significa que las autoridades de tránsito mantienen la facultad de imponer citaciones y, en su caso, proceder a la inmovilización del vehículo ante cualquier infracción de la normativa.
La ausencia de los documentos antes mencionados no constituye una excepción a la obligación de cumplir las normas de circulación..
Los vehículos eléctricos se han convertido en un medio de transporte habitual en el país. Foto:Mauricio Moreno/EL TIEMPO
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Las autoridades pueden emitir citaciones y, si es necesario, inmovilizar los vehículos. Foto:Secretaría Distrital de Movilidad.
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El nuevo organismo regulador introduce sanciones económicas considerablemente altas por diversos comportamientos que comprometen la seguridad y el orden vial. Varias infracciones pueden resultar en una multa equivalente a seis salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV).
Dado que el valor del SMLDV se calcula en base al salario mínimo diario de cada año, Para 2025 esta multa se estima en aproximadamente $8.5 millones de pesos. Esta multa se aplica, entre otros casos, a los conductores que:
El nuevo organismo regulador introduce sanciones económicas por diversas conductas. Foto:Secretaría Distrital de Movilidad
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Además, Se mantienen las sanciones preexistentes. en ello Código Nacional de Tránsito. La infracción por no utilizar un casco certificado, además de ser causa de inmovilización si el artículo no cumple con las especificaciones, conllevará una multa cercana al $711,000 pesos para el año 2025.
Andrés Felipe Bejarano Bejarano
EDITORIAL DE ÚLTIMAS NOTICIAS