El despacho de la jueza que alguna vez benefició a ‘La Gata’ y ahora deja a su hijo en libertad condicional en Barranquilla
– Tinta clara
diciembre 30, 2025
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el nombre de Carmen Luisa Terán Suárez Aparece en dos momentos claves en el expediente de la familia López: primero, en 2023, cuando su tribunal suspendió la ejecución
el nombre de Carmen Luisa Terán Suárez Aparece en dos momentos claves en el expediente de la familia López: primero, en 2023, cuando su tribunal suspendió la ejecución de la sentencia de Enilce del Rosario López (‘el gato‘) por enfermedad grave -con órdenes directas al Inpec para hacer efectiva la medida y retirar la custodia en el domicilio-; y ahora, a finales de 2025, cuando conceda libertad condicional a Jorge Luis Alfonso López (‘Gato‘), luego de reconocer el cómputo de tiempos y rescates conforme a la Ley 1709 de 2014.
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Los dos episodios comparten algo más que apellidos, ya que también exhiben el sello de un cargo que aplica con fuerza el concepto de “favorabilidad«, y que coloca a este juez en el centro de la discusión sobre los beneficios en Casos de alto impacto.
El capítulo de ‘La Gata’: suspensión de pena y choque de poderes
En febrero-marzo de 2023, Terán Suárez concedió la suspensión de la ejecución de la pena a Enilce López por múltiples patologías oncológicas. invocando la dignidad humana y muerte digna; Luego exigió al Inpec el cumplimiento inmediato de la orden, a pesar de que El instituto alegó requisitos actuales en otra oficina. El juez respondió que dichos procesos fueron remitidos a la JEP y suspendidos desde 2018, y activó comunicaciones para despejar el concurso y evitar bloqueos en la ejecución.
Enilce López, alias La Gata. Foto:Mauricio Moreno/ Cortesía.
Esa secuencia dejó huella y mostró a una jueza de garantías que impulsa la efectividad de sus fallos incluso cuando el tablero interinstitucional no esté sincronizado. En su momento, el caso la expuso al foco crítico de opinión, que cuestionaba Amplios beneficios en figuras emblemáticas. del poder costero y el crimen.
El capítulo ‘Gatico’: libertad condicional con redenciones
El auto interlocutorio que deja a Jorge Luis Alfonso López, hijo de ‘La Gata’, en libertad condicional se basa en el cómputo de 229 meses y 18 días -entre prisión efectiva y redenciones por trabajo y estudio- y en informes de conducta favorable del penal de El Bosque.
Jorge Alfonso López, alias ‘gatico’. Foto:archivo privado
Es pertinente recordar que la pena ya había sido reducida por el Tribunal Superior de Bogotá y que el despacho evaluó raíces familiares y conceptos disciplinariosconcluyendo que no es necesaria la continuación del tratamiento intramural. La Ley 1709 de 2014 y el principio de favorabilidad operan como columna normativa: tres quintas partes, conducta, rescates y condiciones durante el período de prueba. La instrucción es dejarlo en libertad mientras no sea requerido por otra autoridad.
El capítulo Mattos: atención domiciliaria para la salud y distribución “coincidente”
El expediente de Carlos José Mattos Barrero -condenado por el escándalo Hyundai- regresó a los tribunales de Barranquilla el 1 de octubre de 2025 con Solicitud de mantenimiento de arresto domiciliario por motivos de salud.… ante la misma oficina: el Juzgado Sexto de Ejecución, a cargo de Terán Suárez.
Carlos José Mattos Barrero. Foto:EL TIEMPO
Al menos dos juicios contra Mattos han recaído en este juez. Esta coincidencia, sumada a decisiones previas en casos de alto perfil, alimenta la narrativa del “distribución coincidente” y la atención a los criterios de la oficina para las prestaciones por enfermedad. Para el contexto: en febrero-marzo de 2023, el Tribunal Superior de Barranquilla ordenó el traslado de Mattos a su residencia como prórroga de la internación por problemas cardíacos, en cumplimiento de una tutela; Su defensa explicó que el penal era “transitorio” y sujeto a evaluación semanal por parte del Inpec y regreso a prisión si mejoraba.
Por lo tanto, el hecho comprobable de que las solicitudes de alto perfil y las prestaciones por enfermedad recaigan en el Tribunal Sexto surge generando dudas sobre la distribución.
Controvertido, pero legítimo
La decisión que hoy sacude a Barranquilla no es, en estricto sentido legaluna irregularidad. EL TIEMPO consultó a Pedro Torres Olivares, director jurídico de la firma Torres Law Services, quien analiza el fallo que otorgó libertad condicional a Jorge Luis Alfonso López (‘Gatico’):
«En el auto que concede la libertad se interpreta que el imputado cumple con los requisitos legales que exige la normativa vigente. El principio clave que aplicó el juez fue el de principio de favorabilidadconsiderando que el condenado cumplió 229 meses y 18 días entre el tiempo de efectividad y los rescates, superando incluso las tres quintas partes de la pena. Este beneficio no es un privilegio, sino un derecho adquirido. de conformidad con la Ley 1709 de 2014 para quienes cumplan con estos requisitos.”
Carmen Luisa Terán Suárez, jueza sexta de ejecución de penas. Foto:Redes sociales
El experto destaca que, si bien la decisión genera rechazo social, es protegido por la independencia judicialun principio reconocido por el Tribunal Constitucional que protege la autonomía de jueces y magistrados para aplicar la ley sin presiones externas:
«Aunque no nos gusten las decisiones judiciales, los jueces disfrutan del principio de independencia judicial. Representan el alma de la ley y de la Constitución, y deben ser objetivos, no estar llenos de subjetividades. En este caso, aunque no parezca socialmente justo, la decisión se basa en nuestra ley.”.
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Más allá de la polémica, lo cierto es que el principio de favorabilidad, la independencia judicial y los derechos adquiridos son pilares del sistema penal colombiano y que, en este caso, no parecen tener ningún conflicto aparente. Ahora, El desafío es garantizar que estos beneficios se otorguen con transparencia y controlpara que la justicia no sólo sea legal, sino también percibida como legítima.
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Camilo Álvarez Peñaloza, periodista EL TIEMPO Barranquilla @camiloa.ap_20