El Departamento de Comercio puso a disposición la aplicación para que los exportadores colombianos puedan reclamar la devolución de impuestos
– Tinta clara
octubre 28, 2025
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Exportadores colombianos ahora pueden solicitar el reconocimiento de un Certificado de Devolución de Impuestos (Cert) a través de la solicitud de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio
Exportadores colombianos ahora pueden solicitar el reconocimiento de un Certificado de Devolución de Impuestos (Cert) a través de la solicitud de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Esta aplicación se encuentra ubicada en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (Vuce) y se suma a los demás servicios que ofrece a los operadores de comercio exterior.
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foto:Carlos Arturo García M.
Exportadores que tienen derecho al reconocimiento del certificado Deberán gestionar datos requeridos por la aplicación como razón social, número de identificación fiscal (NIT) o DNI y destino de exportación.
Detalles sobre subnúmeros de productos exportados, en el caso de mercancías, o códigos de Clasificación Industrial Internacional Uniforme, en el caso de servicios, entre otros requisitos.
El certificado fue activado en mayo de este año con el objetivo de diversificar y promover la exportación de bienes industriales con valor agregado y servicios basados en el conocimiento, además de fomentar la inversión, la producción y la creación de empleo.
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foto:Juan B. Díaz. Archivo EL TIEMPO
A través de este mecanismo, que estará vigente para las exportaciones que se realicen en 2025 y 2026. Parte de los impuestos indirectos pagados se devolverá a los exportadores. en el proceso de producción de bienes o prestación de servicios que realmente se exportan.
El certificado se otorgará a productos que hayan tenido un proceso productivo o de transformación significativo, es decir, tienen un mayor valor agregado.
Para estos bienes, la devolución a la que tendrán derecho será del 3 por ciento del valor exportado. Abarca cerca de 5.000 subpartidas arancelarias, incluidas las de productos farmacéuticos, alimentarios, automotrices, mecánicos y de construcción naval, así como servicios profesionales, sanitarios, educativos y de mantenimiento especializado.
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foto:iStock
En caso de exportación de servicios, la devolución será del 2 por ciento del valor exportado. Estos servicios deben incluir tecnología e innovación.
Entre los servicios que se utilizan con esta compensación se encuentran profesionales, salud, educación y mantenimiento especializado, entre otras cosas.
El certificado no se aplicará a las exportaciones hacia y desde zonas francas, ni para aquellos bienes y servicios dirigidos a los países miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Ecuador, Perú) y Venezuela.