Distrito anuncia revisión y liquidación – Tinta clara
- abril 9, 2026
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Una decisión judicial que se conocerá en los próximos días podría redefinir no sólo el futuro financiero del Distrito de Cartagena, sino también Los límites del sistema de
Una decisión judicial que se conocerá en los próximos días podría redefinir no sólo el futuro financiero del Distrito de Cartagena, sino también Los límites del sistema de

Una decisión judicial que se conocerá en los próximos días podría redefinir no sólo el futuro financiero del Distrito de Cartagena, sino también Los límites del sistema de valoración en Colombia. Esta es una acción popular conocida por EL TIEMPO y lo que pone bajo la lupa una recaudación de intereses cercana a los $100.000 millones, derivado de un obligación inicial de aproximadamente $9.6 mil millones, relacionado con el construcción de la carretera Cartagena-Barú.
La magnitud de aumento cercano al 990% ha encendido las alarmas entre los contribuyentes, expertos y sectores jurídicos, que advierten posibles irregularidades en el camino el contrato fue estructurado y ejecutadoy la concesión No. VAL-02-06 entre el Distrito y el Consorcio Vial Isla Barú.
La demanda, interpuesta por el abogado Eduardo del Río, Plantea una pregunta fundamental: ¿puede el Distrito transferir a los ciudadanos una carga financiera que surge de una relación contractual en la que no participaron?
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El caso gira en torno a una tensión clave: la diferencia entre la relación contractual del Distrito y el concesionario y la relación fiscal entre Distrito y contribuyentes.
Para los demandantes, mezclar estos dos escenarios implica trasladar a la ciudadanía las consecuencias de la mala gestión administrativa en los últimos cuatro periodos de gobierno. Según ellos, la valoración es un impuesto que debe regirse por principios de equidad y proporcionalidad, y no puede convertirse en un mecanismo para cubrir disputas contractuales no resueltas.
Y el conflicto entre el Distrito y la concesionaria no es reciente. Lleva más de dos décadas sin una solución definitiva, en medio de controversias por supuestos incumplimientos, diferencias económicas y cuestionamientos sobre la duración del contrato.
Vía Playetas en Barú, en la zona insular de Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Uno de los puntos más críticos del proceso es el crecimiento exponencial de la deuda. Según el expediente, el capital inicial cercano a los 10.000 millones de dólares habría escalado a cifras superiores a los 100.000 millones de dólares, principalmente por la acumulación de intereses.
Este fenómeno ha llevado a los demandantes a notar la posible existencia de anatocismo, es decir, el cobro de intereses sobre intereses, práctica muy restringida en el ámbito público.
El Consejo de Estado ha sido claro que los intereses de demora No pueden convertirse en un mecanismo de enriquecimiento injusto ni ir más allá de los principios de proporcionalidad. En este caso, los demandantes sostienen que la tasación acabó convirtiéndose en una carga prácticamente impagable.
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Otro de los ejes del litigio es la no aplicación del Acuerdo 012 de 2018, que estableció Alivio del 90% en intereses de demora para que los contribuyentes se pongan al día.
Él Distrito excluyó a los dueños de propiedades en la vía a Barú, argumentando que la cartera estaba en manos de la concesionaria y que el contrato no había sido liquidado. Sin embargo, los demandantes consideran que Esta decisión viola el principio de igualdad fiscal, dándoles un trato diferenciado sin justificación suficiente.
La acción popular advierte que las decisiones adoptadas a lo largo de años habría generado daño colectivo, evidenciado en cargos excesivos, acumulación desproporcionada de intereses, denegación de beneficios fiscales y prórroga indefinida de un contrato sin liquidación.
Más allá de las cifras, el caso plantea interrogantes sobre la moralidad administrativa. Los demandantes señalan posibles fallos como negligencia en la gestión, desvío de poder y beneficios desproporcionados para el concesionario, además de que una cartera fiscal pública es administrada desde hace años por un privado.
Ante esto, la Alcaldía de Cartagena explicó a este medio que Este cobro por parte del concesionario habría quedado en el contrato firmado en 2006.
Alcaldía de Cartagena en la emblemática Plaza de la Aduana. Foto:John Montaño- EL TIEMPO
consultado por EL TIEMPO, La Alcaldía de Cartagena envió un mensaje de tranquilidad a los vecinos de la zona de influencia del proyecto.
“Desde la Alcaldía un mensaje de tranquilidad para los vecinos de la zona de influencia de las obras, dejando claro que No se permitirán cargos o intereses sobre intereses excesivos o indebidos a efectos de valoración.“dijo la administración distrital.
Además, precisó que las inversiones en mantenimiento vial han sido financiadas con recursos propios del Distrito y que No serán transferidos a los ciudadanos. También aclaró que, hasta el momento, No se han iniciado procesos de cobro coercitivo ni se han decretado embargos. u otras medidas cautelares.
En cuanto al estado del proceso, el Departamento Administrativo de Valoración informó que Actualmente se está realizando una revisión detallada de las cifras para establecer con precisión el importe de las obligaciones. que podría deberle al concesionario.
«Cual se expresará en la etapa de liquidación del contrato, que comenzó en febrero pasado”, indicó la entidad.
Vía Playetas en Barú, en la zona insular de Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Él El próximo fallo no sólo definirá quién deberá asumir esta obligación millonaria. yo también podría sentarme un precedente sobre los límites del sistema de valoración, la gestión de los contratos públicos y la protección de los derechos de los contribuyentes.
EL TIEMPO consultó con expertos y explicaron que de confirmarse las irregularidades denunciadas, el caso de la vía a Barú podría convertirse en un ejemplo de cómo una obligación pública puede crecer hasta niveles desproporcionados, poniendo en riesgo la confianza de los ciudadanos y la propia viabilidad del modelo.
Lo que está en juego va más allá de una cifra. Es la definición de sí, En Colombia, los errores del Estado pueden terminar convirtiéndose en deudas impagables para los ciudadanos.