Los gobernadores del Caribe se niegan a asumir alimentos sin recursos asignados
mayo 10, 2025
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Desde el 1 de julio de 2025, los municipios y departamentos en Colombia tendrán la responsabilidad de alimentar a las personas privadas de libertad (PPL) en las estaciones
Desde el 1 de julio de 2025, los municipios y departamentos en Colombia tendrán la responsabilidad de alimentar a las personas privadas de libertad (PPL) en las estaciones de policía y unidades de reacción inmediata (URI), según lo estipulado por la ley 2346 de 2024. Esta nueva regulación es un paso significativo hacia el cumplimiento de estándares humanitarios y de derechos humanos en el sistema penitenciario del país.
Esta medida está en concordancia con el fallo SU-122 de 2022 del Tribunal Constitucional, que determina que la unidad de Servicios Penitenciarios y Prisiones (USPEC) continuará brindando este servicio hasta el 30 de junio de 2025. De este modo, se proporciona un período transitorio que permite a las entidades territoriales planificar de manera adecuada la alimentación en los centros de detención transitoria.
Actualmente, aproximadamente 17,000 personas privadas de libertad en centros de detención transitoria reciben alimentos de la USPEC. Para 2024, se proyecta que un artículo presupuestario de $670,656 millones esté destinado a cubrir esta necesidad alimentaria. La implementación de este presupuesto es crucial para garantizar un trato digno a las personas bajo custodia.
Preocupación en el Caribe: los gobernadores levantan la voz
Los gobernadores del Caribe se niegan a asumir que los detenidos se alimenten Foto:Gobernación del Atlántico
La reciente imposición de esta responsabilidad ha suscitado alarma entre los gobernadores de la región del Caribe, quienes señalan la falta de recursos asignados para cumplir con esta nueva obligación. El gobernador del Atlántico, Eduardo Summer, expresó su clara preocupación al respecto. Según sus palabras:
No pueden darnos mayores tareas a las entidades territoriales sin asignar recursos para estas tareas, esto está claro en la Constitución.
Eduardo Summer de la RosaGobernador del Atlántico
En Barranquilla, la Personería Distrital reportó que, a partir de mayo de 2025, 748 personas privadas de libertad se encuentran en estaciones de policía, cuya capacidad máxima es de solo 310 personas. Esto da como resultado un alarmante hacinamiento del 241%. Sorprendentemente, el 87.43% de estas personas están bajo medida intramural sin una convicción definida.
Por su parte, el gobernador de Bolívar, Yamil Arana, también mostró su rechazo a esta situación. En su departamento, alrededor de 3,000 personas están actualmente en esta condición, lo que representa una carga fiscal considerable.
Nos están obligando a elegir entre alimentar a las personas privadas de libertad o garantizar la alimentación escolar de nuestros hijos. Entendemos el componente humanitario del asunto, pero esto no puede ser una competencia de entidades territoriales.
Yamil Arana PadauiGobernador de Bolívar
En un comentario similar, el gobernador de La Guajira, Jairo Aguilar, manifestó que «anteriormente, no había nadie preparado para cumplir con algunos requisitos específicos para el acompañamiento de las cárceles. En nuestro caso, estamos anunciando la finalización de la prisión del distrito de Riohacha, pero todos los demás están obligados a descongestionar y superar la crisis humanitaria que estamos viviendo.»
Advertencias del defensor del pueblo y el tribunal constitucional
Hacinamiento en estaciones de policía. Foto:Cortesía
El Defensor del Pueblo ha advertido que, a partir del 1 de julio de 2025, aproximadamente 17,500 personas privadas de libertad en las estaciones de policía y URI podrían quedarse sin comida si las entidades territoriales no asumen esta responsabilidad. Esto podría tener consecuencias devastadoras y generar una crisis humanitaria. El defensor, Carlos Camargo Assis, ha expresado que «la falta de alimentos podría provocar graves violaciones de los derechos humanos y un alto riesgo para el orden público como resultado de una posible parálisis alimentaria.»
Asimismo, el Tribunal Constitucional, en su sentencia SU-122 de 2022, concluyó que existe una violación sistemática y generalizada de los derechos fundamentales de las personas que están privadas de libertad en esos centros de detención temporales. El órgano judicial instó a las entidades territoriales a verificar el régimen de afiliación o garantía de salud de cada persona detenida preventivamente y a gestionar adecuadamente la atención médica y asegurar las transferencias necesarias para proveer estos servicios de manera continua.
Llamado a la acción: necesidad de soluciones concertadas
La gran asamblea del Caribe Foto:Gobernación del Atlántico
En este contexto, los gobernadores del Caribe han hecho un llamado al gobierno nacional para que asigne los recursos necesarios y establezca mecanismos de financiación que permitan cumplir con esta nueva tarea sin afectar otros programas sociales. La implementación de la ley 2346 de 2024 requiere una colaboración efectiva entre las entidades territoriales y el gobierno nacional para garantizar los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad y evitar una crisis humanitaria en los centros de detención transitoria.
La situación representa un desafío significativo para las autoridades locales, quienes deben equilibrar recursos limitados para satisfacer las múltiples necesidades de la población. La cooperación y el diálogo entre diferentes niveles de gobierno serán esenciales para encontrar soluciones viables y sostenibles que respeten la autonomía fiscal de las entidades territoriales y, al mismo tiempo, garanticen el bienestar de las personas privadas de libertad.