El Gobierno Popular aprobó el Decreto 1184 del 8 de noviembre de 2025, que reduce al cero por ciento (0%) el arancel para 37 subpartidas arancelarias correspondientes a materias primas e insumos utilizados en la industria del vestido y del calzado. La medida entrará en vigor 15 días después de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá una vigencia de dos años, sujeta a revisión anual por parte del Comité de Aduanas, Aduanas y Comercio Exterior.
La preferencia se limita a las importaciones procedentes de países con los que Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes. Es decir, no cubre operaciones cubiertas por acuerdos de libre comercio que ya otorgan preferencias arancelarias. Según la normativa, los productos objeto de la medida no registran producción nacional, lo que permite aprobar un arancel del 0% sin afectar a los productores locales.
Entre las 37 subpartidas arancelarias cubiertas se encuentran hilados, fibras y tejidos utilizados en la confección de prendas de vestir y calzado, marcados con códigos como 5006000000, 5205130000, 5401201000, 5402310000, 5400200, 5400205 5514191000, entre otros. Todos corresponden a materiales que, según la resolución, carecen de oferta local suficiente para cubrir la demanda de la industria.
El texto del decreto señala que diversas actividades de hilados, textiles y prendas de vestir crearán alrededor de 490.000 puestos de trabajo en 2024, lo que equivale al 2,1% de la fuerza laboral total del país. De ellos, 406.000 correspondieron a la producción de prendas de vestir, lo que demuestra la importancia del sector en la estructura nacional de trabajo y producción.
Según el gobierno, la decisión tiene como objetivo reducir los costes de producción, mejorar la competitividad y contrarrestar la influencia de las importaciones de productos acabados a precios significativamente más bajos.principalmente de países con los que Colombia no tiene tratados de libre comercio.
El arancel cero se mantendrá durante dos años a partir de la entrada en vigor del reglamento. Durante ese tiempo, la Comisión de Aduanas, Aranceles y Asuntos de Comercio Exterior evaluará los resultados de la medida cada año. Al finalizar el plazo, salvo la nueva disposición, se devolverán los impuestos previstos por el Reglamento 1881 de 2021, modificado por esta norma.
La decisión se tomó con base en el artículo 189, numeral 25 de la Constitución y las leyes 7 de 1991 y 1609 de 2013, que autorizan al Ejecutivo a modificar el arancel aduanero. El proyecto fue sometido a discusión pública en el período del 22 de julio al 5 de agosto de 2025, de conformidad con el Reglamento 1081 de 2015, modificado por el Reglamento 1273 de 2020. El Comité de Aduanas, Aranceles y Comercio Exterior adoptó la propuesta en su 377° período de sesiones, luego de que el 20 de julio de 2015 se produjera la mayor reducción de aranceles. Adecuado para reducir los costos de producción sin crear interrupciones en la cadena.
*Este contenido fue escrito con ayuda de inteligencia artificial, con base en información del Decreto 1184 del 8 de noviembre de 2025.