¿Cuándo necesitan los abuelos tomar tarifas de comida en sus nietos en Colombia? El abogado explica todos los casos
mayo 6, 2025
0
El momento en que uno de los progenitores decide presentar una demanda para establecer La cuota de comida de su hijo desencadena un proceso legal crucial diseñado para
El momento en que uno de los progenitores decide presentar una demanda para establecer La cuota de comida de su hijo desencadena un proceso legal crucial diseñado para asegurar que un menor reciba los recursos necesarios para su sustento. Sin embargo, no es raro que surjan complicaciones, incluyendo la posibilidad de que uno de los padres afirme que no tiene la obligación de cumplir, lo que desencadena El proceso de incertidumbre que puede afectar negativamente al niño involucrado.
En estas situaciones complicadas, puede surgir la figura de los abuelos, quienes pueden ser llamados legalmente a asumir responsabilidades. Por ello, el medio Tiempo conversó con Miguel Ángela Pérez Palacios, un Abogado procesal, quien explicó las leyes que rigen esta acción y las circunstancias que permiten aplicarlas.
El Artículo 260 de la ley civil colombiana aborda esta responsabilidad. Foto:Izock
¿Qué dice la ley y cuáles son las condiciones que pueden liberar a un padre de esta obligación?
La responsabilidad que tienen los padres está claramente estipulada en el Artículo 260 de la ley civil, el cual establece que la responsabilidad por el bienestar de un menor recae en los padres o, en caso de que ellos no puedan garantizarlo, puede extenderse a los abuelos.
«La obligación de proveer alimento y educación a un niño que no cuenta con los recursos económicos necesarios se transfiere a los abuelos legítimos, proveniendo de ambas líneas familiares», señala el artículo.
Para que el juez imponga esta responsabilidad a los abuelos, el solicitante debe demostrar su incapacidad económica, lo que puede incluir la presentación de documentos como recibos de salario, extractos bancarios o incluso testimonios que avalen su situación.
El abogado sugiere que las partes intenten llegar a un acuerdo. Foto:Izock
«El tribunal de familia es el órgano encargado de determinar si el padre o la madre son capaces de cumplir con su obligación, y es importante señalar que no hay un listado exhaustivo de causas. Sin embargo, existen precedentes que pueden ser relevantes», explicó el abogado, quien mencionó situaciones como abuso de sustancias, problemas financieros, inmadurez emocional o incluso la ausencia de uno de los padres.
Un ejemplo del ejercicio de esta responsabilidad es la sentencia T-201-2003, donde se estipuló que un abuelo debía asumir la manutención de su nieto, dado el desinterés total del padre en proveer Recursos para el niño.
Es fundamental mencionar que, en este contexto, los abuelos no sólo pueden ser requeridos para contribuir a una parte del mantenimiento, sino que pueden ser responsables de cubrirlo en su totalidad, dependiendo de su capacidad económica. «Enfatizo que ellos reemplazan completamente a uno de los padres en este aspecto, sin restricciones respecto a su capacidad económica propia para apoyar a sus nietos«, comentó el experto.
¿Qué implica si los abuelos argumentan que no pueden cubrir el costo de la manutención?
Si la familia no está en condiciones de cuidar al niño, el ICBF intervendrá. Foto:Izock
La responsabilidad de proveer soporte económico puede extenderse a otros familiares según lo estipulado en el Artículo 411 del derecho civil.
«Si una familia no puede garantizar los cuidados necesarios para el menor, el ICBF tendrá que tomar acciones protectoras, que pueden incluir la asignación a programas de atención especializada, entre otras medidas», añadió el abogado.
En cuanto a la carga probatoria, no es necesario demandar a cada padre que no cumpla, ya que en la misma demanda de alimentos puede solicitarse que, en caso de demostrar la incapacidad, se evalúe también la situación de los abuelos. Aún así, el juez puede actuar de oficio en este tipo de casos.
Por otro lado, el abogado hizo hincapié en que simplemente alegar que un padre «no quiere pagar» no es suficiente. Es necesario que se demuestre la incapacidad real para cumplir, ya sea por razones económicas, físicas o mentales.
Respecto a los abuelos, también deben entender que no podrán evadir su obligación simplemente argumentando que carecen de una relación cercana con su nieto o su propio hijo. «No se puede eludir la responsabilidad de proveer alimentos diciendo que este familiar ha actuado mal. Este asunto queda a consideración del tribunal«, explicó.
En definitiva, este tipo de situaciones pone de relieve las deficiencias del sistema de protección social. «A menudo, los niños terminan en condiciones de vulnerabilidad, víctimas de padres ausentes o negligentes», concluyó el abogado.
Las apelaciones pueden presentarse en la oficina del defensor del pueblo. Foto:Izock
¿Cómo se puede formalizar una apelación de alimentos?
Según lo establecido por el Ministerio de Justicia, una apelación puede ser presentada en la oficina de un abogado, ya sea de manera verbal o escrita, describiendo de forma clara y concisa la situación y la evidencia que respalda su posición.
«Previo a iniciar una investigación, el fiscal convocará a las partes a una audiencia para esclarecer si es posible llegar a un acuerdo o determinar si se procede con la apelación», explicó.
Entre los documentos esenciales al presentar una queja de alimentos, se encuentran:
La sentencia que valida lo solicitado por el padre o madre demandante.
El registro civil del menor.
Pruebas de mala fe en el cumplimiento de la obligación alimentaria.
«Si se comprueba que, por ejemplo, uno de los padres se encuentraba de viaje o tenía un empleo remunerado que le permite cumplir con su obligación económica, y aún así no lo hace, puede haber consecuencias. La evidencia de esta intención puede conllevar a sanciones legales.«, advirtió Miguel Pérez.
A continuación, se presenta el cierre de este análisis.