SIC sancionó a empresa por contactar personas con fines comerciales y sin autorización; ¿Qué sigue para ellos?
– Tinta clara
octubre 29, 2025
0
Confirmación de decisión Autoridad de Supervisión de la Industria y el Comercio (SIC) marca un nuevo capítulo en nuestro negocio movistar para varias llamadas y envío de mensajes
Confirmación de decisión Autoridad de Supervisión de la Industria y el Comercio (SIC) marca un nuevo capítulo en nuestro negocio movistar para varias llamadas y envío de mensajes a clientes de otras empresas. y entidad ratificó la sanción impuesta a la empresa de telefonía móvil.
Ud. Resolución N° 78138 del 10.02.2025la entidad concluyó que la empresa contactado varias vecesa través de mensajes de texto, WhatsApp y llamadas telefónicas, a usuarios de otra empresa de telecomunicaciones sin su autorización previa, expresa e informada.
LEER TAMBIÉN
Contundentes conclusiones de la ratificación de la sanción a Movistar: ‘Viola el hábeas data’
La investigación sobre la empresa comenzó gracias a un denuncia ciudadana que llegó a la entidad. La Dirección de Investigaciones en Materia de Protección de Datos Personales quedó a cargo de la investigación Colombia Telecomunicaciones SAESP BIC y lo sancionó por esta práctica. Sin embargo, la decisión fue apelada.
Un ciudadano denunció ante la SIC la práctica de Movistar, lo que a algunos les molestó. foto:archivo privado
La delegación para la protección de datos personales del Consejo de Supervisión fue la encargada de ratificar la decisión de la Agencia hasta sancionado por Movistar para el «incumplimiento del deber en relación con el procesamiento de datos personales».
Según la oficina del SIC, «trabajos de investigación comercial mediante el envío de mensajes de texto, el uso de aplicaciones o la realización de llamadas telefónicas, sin el consentimiento previo, expreso e informado del titular».viola el derecho fundamental al hábeas corpus.»
LEER TAMBIÉN
Además, la Delegación fue clara al decir que este tipo de acción «No son ni pueden ser consideradas ‘conductas menores'».
¿Cuánto tiene que pagar Movistar?
así son las cosas La empresa Colombia Telecomunicaciones SAESP BIC deberá pagar 670 millones de pesos colombianos. La delegación justificó el importe de la sanción recordando que el derecho a la protección de datos personales «funciona como garantía de los derechos básicos a la intimidad y a la tranquilidad, relacionados con el valor del respeto a la vida privada.»
La SIC tuvo claro que este tipo de comunicación representaba una falta de respeto. foto:iStock
Además, la oficina argumentó, en un duro golpe a la controvertida práctica de algunas empresas, que «la falta de respeto representada por la comunicación no solicitada, a veces en horas o en momentos inadecuados, molestos e invasivos del espacio privado, no están amparados por el uso legítimo de las libertades de los sujetos económicos«.
LEER TAMBIÉN
El consejo de supervisión no aprobó y rechazó categóricamente tales prácticas, que algunos siguen repitiendo. Y enfatizó:
«No es legítimo contactar directamente con los titulares de datos personales con fines publicitarios o de investigación, sin su consentimiento expreso.»
La Ley de Parada de Descargas regula los horarios y canales de contacto de los usuarios. foto:iStock.
finalmente, Pidió a las empresas que cumplan con las normas que regulan el uso de datos personales. y a su vez recordó que cualquier actividad de marketing o publicidad que implique el procesamiento de información deberá cumplir con la Ley 1581 de 2012 y la Ley 2300 de 2023, conocida como «Dejen de vaciar la ley».